Encuentra aquí todo lo que necesitas sabes sobre los permisos o licencias laborales de los trabajadores, según el Código del Trabajo. En el Ecuador, toda actividad laboral está guiada por un código que establece los derechos y obligaciones tanto de empleadores como trabajadores. En esta ocasión, dentro de este artículo se detallarán todo sobre los permisos laborales.
La Licencia Laboral, es un permiso concedido por el/la empleador a un trabajador, cuyo efecto es la suspensión temporal de dicho trabajado realizado. Algunos están establecidos en la ley y no requieren recuperar las horas, mientras que en otros casos es necesario llegar a acuerdos con el empleador. Usualmente, las licencias establecidas por la ley se establecen con remuneración.
Obligaciones del Empleador
En el artículo 42 del Código del Trabajo se establecen las obligaciones del empleador, dentro de este, también se incluyen algunos datos relacionados a los permisos laborales, estos son:
- Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del sufragio en las elecciones populares establecidas por la ley, siempre que dicho tiempo no exceda de cuatro horas. Así como, dar el tiempo necesario para ser atendidos por los facultativos de la Dirección del Seguro General de Salud o para satisfacer requerimientos o notificaciones judiciales. Tales permisos se concederán sin reducción de las remuneraciones
- Permitir a los trabajadores faltar o ausentarse del trabajo para desempeñar comisiones de la asociación a que pertenezcan, siempre que ésta dé aviso al empleador con la oportunidad debida. Pero no ganarán la remuneración correspondiente al tiempo perdido.
- Pagar al trabajador la remuneración correspondiente al tiempo perdido cuando se vea imposibilitado de trabajar por culpa del empleador.
- Pagar al trabajador, cuando no tenga derecho a la prestación por parte del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, el cincuenta por ciento de su remuneración en caso de enfermedad no profesional, hasta por dos meses en cada año, previo certificado médico que acredite la imposibilidad para el trabajo o la necesidad de descanso.
- Pagar al trabajador los gastos de ida y vuelta, alojamiento y alimentación cuando, por razones del servicio, tenga que trasladarse a un lugar distinto del de su residencia
Permisos Laborales de los Trabajadores
Una vez establecidas las obligaciones de los empleadores, a continuación se detallan las licencias o permisos laborales remunerados de los trabajadores. Todas estas licencias se incluyen dentro del Código de Trabajo:
- Los empleadores deberán dar un máximo de 4 horas de permiso para el ejercicio del sufragio en Elecciones Populares.
- Los trabajadores también pueden solicitar permisos laborales para ser atendidos en alguna unidad de Salud o para satisfacer requerimientos o notificaciones judiciales. En cualquiera de estos dos casos el permiso no tiene un máximo de horas y no habrá reducción de las remuneraciones.
- En caso de fallecimiento del cónyuge o conviviente, así como parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, el empleador deberá dar una licencia de 3 días con remuneración completa.
- Toda mujer trabajadora tiene derecho a una licencia con remuneración de 12 semanas por el nacimiento de su hija o hijo; en caso de nacimientos múltiples el plazo se extiende por 10 días adicionales.
- El padre tiene derecho a licencia con remuneración por 10 días por el nacimiento de su hija o hijo cuando el nacimiento sea por parto normal; en los casos de nacimientos múltiples o por cesárea se prolongará por 5 días más. Estos días de licencia se pueden extender en otros casos especiales, como nacimiento prematuro, condiciones de cuidado especial, e incluso fallecimiento de la madre.
- Los padres adoptivos tendrán derecho a licencia con remuneración por 15 días, los mismos que correrán a partir de la fecha en que la hija o el hijo le fueren legalmente entregado.
- La trabajadora y el trabajador tendrán derecho a 25 días de licencia con remuneración para atender los casos de hija o hijo hospitalizados o con patologías degenerativas.
- El empleador que desahucie al doméstico estará obligado a concederle licencia de 2 horas semanales para que busque nueva colocación.
Es importante mencionar que los trabajadores pueden solicitar permisos por cuestiones personales, no contempladas en la ley. En estos casos es importante tener en cuenta los reglamentos internos o estatutos de la empresa. Pudiendo llegar a acuerdo con el empleador para el descuento de este tiempo o remuneración.
Fuente: Código del Trabajo del Ecuador
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