La tabla de pensiones alimenticias en Ecuador para 2025 refleja el nuevo Salario Básico Unificado de USD 460 y una inflación de 1,35% al cierre de 2024. Esta tabla clasifica los ingresos del proveedor de la pensión en varios niveles, expresados en salarios básicos unificados.
Dependiendo del nivel de ingresos del proveedor y del número y edades de los hijos, los porcentajes asignados pueden variar. Por ejemplo, alguien que gane USD 460 mensuales y tenga un hijo mayor de tres años deberá destinar un 29,49% de sus ingresos para la pensión alimenticia.
Estos porcentajes se han mantenido sin grandes cambios en los últimos años, lo que ha contribuido a una mayor estabilidad para las familias que dependen de esta asistencia. En el cálculo de la pensión se toma en cuenta el salario neto, es decir, el ingreso después de los aportes al IESS y de la retención del impuesto a la renta.
¿Qué Es la Pensión Alimenticia?
La pensión alimenticia es un derecho fundamental de los niños y adolescentes y una obligación para los padres. Esta contribución económica asegura la cobertura de necesidades básicas como alimentación, vestimenta, educación y salud. En Ecuador, su regulación principal se encuentra en el Código de la Niñez y Adolescencia, el Código Civil y disposiciones ministeriales relevantes.
Cómo se Calcula la Pensión Alimenticia en Ecuador
La Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas clasifica los ingresos del proveedor de la pensión en seis niveles según el Salario Básico Unificado (SBU):
- Primer nivel: de 1 a 1.25 SBU.
- Segundo nivel: de 1.25 a 3 SBU.
- Tercer nivel: de 3 a 4 SBU.
- Cuarto nivel: de 4 a 6.5 SBU.
- Quinto nivel: de 6.5 a 9 SBU.
- Sexto nivel: de 9 SBU en adelante.
Asignación alimenticia para un hijo en Ecuador
Edad | Porcentaje | SBU Vigente | Pago por hijo |
0 a 2 años | 28,12 % | $460 | $129,35 |
3 años en adelante | 29,49% | $460 | $139,65 |
Personas que Pueden Recibir Pensión Alimenticia en Ecuador
Además de los adultos mayores, quienes pueden ser beneficiarios de una pensión alimenticia en Ecuador incluyen:
- Hijos menores de edad: Los padres deben proporcionar una pensión para sus hijos menores, sin importar su estado civil o la custodia compartida. Este aporte es para el progenitor o tutor con quien vive el menor.
- Hijos mayores de 18 años: Aquellos que continúen estudiando en nivel superior pueden solicitar esta pensión hasta los 21 años mediante un proceso judicial.
- Hijos adultos con discapacidad: Los hijos con discapacidades que les impidan trabajar y ser autosuficientes pueden recibir apoyo financiero de sus padres.
- Cónyuges o convivientes: En casos de separación, uno de los cónyuges o convivientes puede tener derecho a una pensión si no puede sostenerse por sus propios medios y la otra persona cuenta con los recursos económicos.
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Fuente:
Ecuador